Definición y clasificación esencial de un contrato.
Primero, debemos saber ¿qué es un contrato?, y no hay otra definición mejor que la provista por el Código Civil en su artículo 1101, argumentando “es un convenio en cuya virtud una o varias personas se obligan respecto de una o de varias otras, a dar, hacer o no hacer alguna cosa.”
A continuación, es fundamental presentar la clasificación de los contratos hecha por el Código Civil, y para entenderlo a plenitud, se hará en un cuadro interactivo:
¿Cómo
se les llama?
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¿En
qué artículo están?
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¿De
qué tratan?
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Ejemplo
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1.
Sinalagmático o
bilateral
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Art. 1102
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Cuando los
contratantes se obligan recíprocamente los unos respecto a los otros.
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El ejemplo más clásico es el del contrato de compraventa en que: Una parte (el comprador) se obliga a pagar el precio a otra (el vendedor) que se obliga por su parte a transferir la propiedad de la cosa. |
2.
Unilateral
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Art. 1103
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Cuando una o
varias personas están obligadas respecto de otras o de una, sin que por parte
de estos últimos se contraiga compromiso.
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Cuando el
testador manifiesta su voluntad (en un testamento)
de lo que quiere que ocurra a su muerte con sus bienes, sin necesitarse en
ese momento la conformidad del heredero.
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3.
Beneficencia o a
título gratuito
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Art. 1105
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Es aquel en que
una de las partes procura la otra un beneficio puramente gratuito.
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Ejemplo más
clásico es el contrato de donación,
en el que una persona entrega a otra la propiedad de un
bien o derecho sin recibir nada en contraprestación.
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4.
A título oneroso
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Art. 1106
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Es aquel que
obliga a los contratantes a dar o hacer alguna cosa.
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El arrendamiento es un ejemplo de contrato oneroso.
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5.
Conmutativo
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Art. 1104
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Cuando cada una
de las partes se obliga a dar o hacer una cosa que se considera equivalente
de lo que hace o da el otro contratante.
Algunos autores
lo ubican dentro de los onerosos.
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El caso de una compraventa también representa un
ejemplo de contrato conmutativo.
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6.
Aleatorio
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Art. 1104
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Cuando la
equivalencia consiste en eventualidades de ganancia o pérdidas para cada uno
de los contratantes, dependientes de un suceso incierto. Algunos autores lo
ubican dentro de los onerosos.
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Un ejemplo de
esto es la contratación de un seguro, las apuestas o la compraventa de cosecha.
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