¿Qué es el Consejo de Familia? Generalidades
1. ¿Qué
es el Consejo de Familia?
Es una asamblea compuesta por
parientes y afines, a falta de estos, por amigos de una persona incapaz, que se
reúne bajo la presidencia del juez de paz.
2. ¿El
Consejo de Familia es inmutable en cuantos a sus miembros?
Este Consejo no es un cuerpo
permanente o inmutable, su composición puede ser diferente en ocasiones
diversas.
3. ¿Cuáles
son las atribuciones del Consejo de Familia?
a.
Es
el que nombra los órganos de la tutela
b.
En
caso de ser necesario un tutor testamentario, será el Consejo quien los nombre.
c.
Le
corresponde pronunciarse acerca de las exclusiones y las excusas del tutor, del
protutor o curador, tiene derecho a sustituir al tutor y protutor.
d.
Es
el que dirige la administración de los bienes de la persona incapaz
e.
Decide
después de haber oído al tutor, si hay lugar a inscribir la hipoteca legal del
pupilo sobre los bienes inmuebles del tutor, fija la suma que debe ser tomada
para la inscripción y designa los bienes inmuebles que deben ser gravados.
f.
Fija
el presupuesto de la tutela, es decir, el monto anual a que ascienden los
gastos del incapaz y el de la administración de sus bienes.
g.
Esta
encargado de autorizar los actos mas importantes que se refieren a la persona y
bienes del incapaz:
§
Venta
de inmuebles
§
Venta
de valores mobiliarios por encima de cierta cifra
§
Constitución
de una hipoteca
§
Transacciones
§
Prestamos
§
El
ejercicio de las acciones sobre inmuebles
§
Donaciones
§
Participaciones
h.
Además,
el consejo designa el tutor ad-hoc, curador ad-hoc.
4. ¿Cuál
es el plazo de la Convocatoria del Consejo de Familia?
El plazo de la convocatoria lo
define el juez de paz, pero no debe haber menos de 3 días entre la citación y
la reunión.
5. ¿Quién
preside el Consejo de Familia?
El juez de paz o su sustituto legal,
Art 416 Código Civil
6. ¿Cuál
es la forma de comparecer ante el Consejo de Familia?
Personalmente o por medio de un
apoderado especial. Art. 412 Código Civil
7. ¿Qué
ocurre cuando la persona convocada no comparece sin excusa?
Cuando uno de los miembros del
Consejo haya sido convocado y no comparezca, sin tener una excusa legitima,
sufrirá una multa económica. La impone el juez de paz, sin apelación. Art.
413CC
8. ¿Cuántos
miembros se requiere estén presentes para que el consejo pueda sesionar
válidamente?
Para deliberar válidamente, deben
estar presentes las tres cuartas partes de los individuos citados, excluyendo
al juez de paz.
9. ¿El
juez que preside el Consejo de Familia toma parte en la votación?
El juez de paz tendrá voz
deliberadamente y preponderante, en caso de empate en las votaciones.
10. ¿Cómo
se llaman las decisiones del consejo de Familia?
Reciben el nombre de deliberaciones
11. ¿Cómo
se llama el tutor (a) nombrado por el consejo de Familia?
Se denominan tutor dativo
12. ¿Cuáles
decisiones del Consejo deben homologarse?
Las decisiones sobre expulsión o
destitución del tutor deben homologarse
13. ¿Qué
se entiende por homologación?
Se entiende como la confirmación
judicial de determinados actos de las partes para la debida constancia y
eficacia
14. ¿Cuál
es el tribunal competente para homologar las decisiones del consejo en caso de
que se requiera?
Es el Tribunal de Niños, Niñas y
Adolescentes o el Tribunal de Primera Instancia.

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